La investigación con modelos animales. “estate of the art”
J.M. Zúñiga. SPEA/CIC/UGR
El pasado 24 de noviembre nos volvimos a reunir en un nuevo Wine&Thinks de Otoño, un grupo de mentes inquietas, en torno a una mesa, dispuestos a disfrutar del vino, el exquisito menú que nos habían preparado en el Club de Vinos Los Sarmientos y la compañía de nuevos invitados pero que nosotros llamamos “winencistas”.
Entre los participantes se encontraba Jesús. M., autor de este post y en él nos resume su interesantísima exposición en relación a la experimentación científica con animales, ya que es un tema de plena actualidad en el debate de la bioética en general y en la sesibilidad animalista en particular.
Tras la exposición que hace el biólogo, yo me cuestiono lo siguiente: si se ha creado toda una legislación de protección animal para la investigación porque los animales sufren y padecen puesto que, se supone que vivimos en una sociedad avanzada, ¿qué ocurre con el maltrato que se inflinge a los animales en muchas fiestas tradicionales?, ¿es ésto de una sociedad avanzada, o toca ya cuestionárselo?, ¿es ético el trato que se da a los animales destinados al matadero en sus últimas hora de vida?, ¿quizás habría que crear un debate serio sobre el deporte cinegético de la Caza?, ahí lo dejo por si alguien se anima a debatir . . . . ¡ by Tomás Prieto.
Punto de partida.
La demanda social exige incluir consideraciones de tipo ético capaces de limitar o regular la investigación científica que incluye experimentación con animales, basándose en tres argumentos:
– Argumento Ecologista.
El conocimiento científico ha dejado fuera de lugar el punto de vista atávico, transmitido y alimentado en el mundo occidental por la tradición judeocristiana, de que el ser humano está por encima del resto de la naturaleza y es libre de disponer de ella a su antojo (Principio Antropocéntrico). Esto incluye al uso y trato que se da a otros animales no humanos. Puesto que no hay razones que sustenten que el hombre está por encima del resto de la Naturaleza, es cuestionable si puede disponer libremente de otros seres vivos.
– Argumento Proteccionista.
Si la razón para no experimentar con humanos es que muchos de los procedimientos experimentales causan riesgo, dolor o sufrimiento, ello cuestiona la validez de una experimentación con animales sin tener en cuenta estos aspectos, por dos razones. Una, la principal, es la evidencia científica de que los animales sufren dolor y estrés. Otra, que los animales tienen derechos y estos incluyen el derecho a la vida y al bienestar por lo que no es lícito someterlos a riesgos o procedimientos dolorosos.
– Argumento Heurístico o Utilitario.
Resulta cuestionable que la experimentación animal conduzca a resultados útiles desde el punto de vista de su aplicación a los humanos. Por tanto, ¿está justificada teniendo en cuenta que es costosa económicamente y puede, de hecho, conducir a resultados erróneos que a la larga perjudiquen a las personas?.
A partir de estos principios de aceptación universal, en la UE se ha establecido toda una legislación sobre el uso de animales para experimentar que ha tenido su forma legal en España mediante el RD 53/2013 “Sobre el uso de animales para experimentación y otros fines científicos incluidos la docencia”. En este Decreto se establecen las normas y se instituyen los Comités Éticos de Experimentación Animal (CEEA) y los Órganos Evaluadores del Bienestar Animal (OEBAS). Ambos organismos deben velar por el cumplimiento de las normas de uso de los animales, basado en la “good science” . Los Estados miembros velarán por que todos los procedimientos en los que se utilizan animales se clasifiquen como:
- “sin recuperación”
- “leves”
- “moderados”
- “severos”
No se permite realizar un procedimiento si implica dolor severo y sufrimiento o angustia que pueda ser duradero y que no pueda experimentar una mejoría.
Estos protocolos y regulaciones, son una seña de identidad de sociedades avanzadas y sensibles con el resto de las especies con las que conviven y coexisten.