Mediación familiar para matrimonios en crisis

by A Mediar News
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Separarse legalmente o divorciarse por mediación familiar.

La Mediación Familiar es una figura complementaria a la vía judicial.Los matrimonios o parejas de hecho en crisis, si toman la difícil decisión de separarse o divorciarse legalmente, tienen la posibilidad de optar por un proceso de mediación.

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Gabinete de Mediación Familiar, Social, Civil y Mercantil

El proceso de mediación reúne grandes ventajas a la hora de tomar una decisión tan dolorosa para la familia. Cuando una pareja se separa o decide divorciarse, son los cónyuges los que toman esa decisión, si bien, si existen hijos menores, ellos no tienen por que sufrir las desavenencias de sus padres.

Desde “el Gabinete A Mediar” felicitamos a todas aquellas parejas que deciden interesarse por la mediación. Son ellos los protagonistas de las decisiones tomadas en consenso, desde el respeto y el diálogo. Desde la autonomía de la voluntad son las partes las que adoptan su propio acuerdo, guiados por un mediador-a profesional.

Es importante tener en cuenta que la primera sesión de mediación es informativa y gratuita. En caso de que la pareja no obtenga ingresos suficientes, se puede acoger al programa de justicia gratuita que existe en todos los Colegios Profesionales de Abogados. Para más información: Servicio de Orientación Jurídica del Ilustre Colegio de Abogados de Granada.

A través del proceso de mediación se gana en tiempo, es más económico, conlleva un menor coste emocional y sobre todo muy importante, los acuerdos y pactos firmados son duraderos en el tiempo. Todo el proceso es confidencial, se rige por el secreto profesional, la neutralidad e imparcialidad del mediador y la buena fe de las partes. En todo momento el profesional de la mediación debe respetar las normas de deontología profesional.

Se debe saber que los acuerdos negociados por las partes en crisis, se suscriben en un Acta de mediación firmada a su vez por el mediador/a y las partes por triplicado,  siendo protocolizadas u homologadas judicialmente a posteriori. Por tanto, el Acta es un título ejecutivo que en caso de incumplimiento podrá ser denunciado directamente ante el Juzgado.

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