¿Qué son las Prácticas Restaurativas?

Según el International Institute for Restorative Practices, – del que tengo el honor de ser instructora oficial-

justicia restaurativa

Inmaculada Gabaldón, Mediadora, Coach y PNL

las Prácticas Restaurativas son una rama de las ciencias sociales que estudia cómo generar capital social y alcanzar disciplina social a través de un APRENDIZAJE y TOMA de DECISIONES PARTICIPATIVOS.

La Prácticas Restaurativas son mecanismos de prevención y atención de conflictos, que mediante dinámicas de interacción interpersonal y/o grupal, se dirigen a garantizar los derechos de todos los involucrados en determinado asunto.

Tienen como objetivo fundamental la generación de fuertes redes sociales, de vínculos saludables que, cualquiera que sea el contexto, permitan el desarrollo de relaciones enriquecedoras, productivas y satisfactorias en la normalidad, así como de contención segura cuando surgen las inevitables diferencias y el conflicto.

Es por ello que las Prácticas restaurativas tienen sentido en cualquier interacción humana entre pares (colegas, hermanos, amigos…), y además, especialmente, en las interacciones humanas con algún grado de jerarquía (empresa, escuela, familia, policía, juzgados…)

La hipótesis sobre la que descansan las Prácticas Restaurativas es la siguiente:

“Los seres humanos son más felices, cooperativos y productivos, y tienen mayor probabiIidad de hacer cambios positivos en su conducta, cuando quienes están en una posición de autoridad hacen las cosas CON ELLOS, en lugar de PARA ELLOS o CONTRA ELLOS”.

Así, el objetivo de las Prácticas Restaurativas:

  • Es desarrollar sentido de COMUNIDAD,
  • Prevenir los conflictos,
  • Manejar constructivamente las tensiones y,
  • Finalmente, reparar el daño y restaurar las relaciones cuando han sido lesionadas por alguna acción y/u omisión de las que resulta responsable algún miembro de la comunidad.

Las Prácticas Restaurativas tienen, por tanto, un marcado enfoque  PROACTIVO y PREVENTIVO

Lo que supone una de las más marcadas diferencias entre las Prácticas Restaurativas y la Justicia Restaurativa que, como su nombre indica, presupone la perpetración previa de un delito o daño ocasionado a alguien (víctima) por uno o más responsables (victimario) y con el posible involucramiento de la Comunidad.

Muy a grosso modo podríamos decir que la Justicia Restaurativa descansa sobre tres pilares: los daños y las necesidades de las víctimas; la asunción de responsabilidad por parte de los ofensores y la asunción de la obligación de reparar y, por último, la participación activa de víctima, ofensor y comunidad.

Howard Zehr

Conocido como el padre de la Justicia Restaurativa, entiende el delito como una ofensa contra las personas y las relaciones que se establecen entre ellas, sosteniendo, por tanto que el delito genera obligaciones para el perpetrador, muy fundamentalmente la de reparar lo que ha dañado con su ofensa. Es decir, si el sistema tradicional de justicia enfrenta por principio a las partes implicadas en el conflicto, en el caso de la Justicia Restaurativa hablamos de un modelo relacional que intenta establecer un pacto, un acuerdo que enfatice el aspecto comunitario del delito y que ponga en relación a víctimas, ofensores y comunidad,

Pese a su reciente protagonismo en nuestras sociedades, las Prácticas restaurativas hunden sus raíces en culturas ancestrales de algunos pueblos nativos de Nueva Zelanda, Australia y América del Norte. La justicia restaurativa surgió en la década de los años 70 como una forma de mediación entre víctimas y delincuentes y en la década de los años 90 amplió su alcance para incluir también a las comunidades de apoyo, con la participación de familiares y amigos de las víctimas y los delincuentes en procedimientos penales.

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Este nuevo enfoque restaurativo:

  • Propugna la inalienable dignidad humana de todo individuo;
  • Enfatiza nuestro carácter social y la calidad y el cuidado de las relaciones;
  • Integra las diferencias como parte de las relaciones y concibe el conflicto como una oportunidad de aprendizaje, adaptación mutua y transcendencia, si es bien procesado.
  • Y si surge la violencia y el delito opta por un proceso de reparación del daño ocasionado a las víctimas,
  • La participación activa de todas las personas afectadas, incluso la comunidad
  • Y la obtención de control personal y la asunción de responsabilidad asociado a ello.

Por todo ello emerge como una propuesta con un gran potencial para optimizar la cohesión social en nuestras sociedades actuales para contrarrestar la creciente desconexión, incomunicación y disgregación entre los individuos que las integran.

Concluyendo

Las Prácticas restaurativas y la Justicia Restaurativa constituyen una nueva y fascinante área de estudio para las ciencias sociales. En este sentido, los presupuestos de la teoría y la práctica de las Prácticas Restaurativas deberían seguir siendo explorados y estudiados por el enorme potencial que supone su concepción de la dignidad humana, de las relaciones y de las comunidades y por la promesa que encierran para la transformación respetuosa e inclusiva de nuestras sociedades y el avance definitivo en la construcción de la Paz.

Es por ello que,

Desde la perspectiva de International Institut for Restorative Practices se sostiene que la Justicia restaurativa es uno de los ámbitos, – si bien extenso y fundamental- del más amplio concepto de Prácticas Restaurativas que, por tanto, la incluiría.

Entiendase que las Prácticas Restaurativas son un concepto más amplio que Justicia Restaurativa o, bien que las Prácticas Restaurativas están incluidas en la Justicia Restaurativa, es obvio, no obstante que ambos conceptos se encuentran muy próximos y beben de las mismas fuentes, tienen el mismo origen y compartirán el mismo futuro.

Inmaculada Gabaldón Gabaldón 

Abogada * Mediadora * Coach Ontológico y PNL

Directora de MediAccion

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1 comentario

¿Qué son las Prácticas Restaurativas? Inmaculada Gabaldón, Mediadora, Coach y PNL | IEMAKAIE 23/01/2021 - 16:20

[…] Si quieres saber más sobre las prácticas restaurativas, puedes leer íntegramente el articulo publicado en https://www.amediar.info/practicas-restaurativas/ […]

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